La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acaba de dictar dos sentencias que demuestran que TELEMADRID estaba en su derecho de contar con una segunda frecuencia analógica para emitir el contenido de laOtra, el segundo canal autonómico.
Los hechos se remontan a 2004, cuando la televisión pública madrileña solicitó al Gobierno de Zapatero, en concreto a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, una segunda frecuencia analógica, además de la que ya disponía para Telemadrid. El citado organismo, dependiente del Ministerio de Industria, al frente del cual estaba José Montilla, denegó de forma incomprensible la petición, en una decisión absolutamente discriminatoria, pues otras televisiones autonómicas (Cataluña, País Vasco o Andalucía) sí pudieron hacer uso de ella. El Ente Público Radio Televisión Madrid, convencido de que le asistía el derecho, decidió emitir, ante lo que Industria impuso sanciones por valor de un millón de euros y trató de precintar los equipos del canal público.
Telemadrid presentó un primer recurso ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, que redujo las sanciones a la mitad, medio millón de euros. Al no quedar satisfechos con la resolución, pues el Ente Público entendía que se había actuado dentro de la más estricta legalidad, se interpuso recurso de casación y el Tribunal Supremo ha dado la razón a Telemadrid. Una de las sentencias reconoce el derecho que tenía esta televisión pública a disponer de una segunda frecuencia analógica y la segunda anula las sanciones económicas.